Contrato Uniforme
De acuerdo a la ley de la Agroindustria Azucarera en México, el Contrato Uniforme es “el acuerdo de compraventa y de crédito para la siembra, cultivo, cosecha, entrega y recepción de caña de azúcar que deben celebrar los industriales con sus abastecedores de materia prima”. Se destaca en el artículo 33, por ejemplo, que estos documentos deberán tener en consideración para su vigencia la naturaleza del ciclo de caña de azúcar, contemplándose en los que se refieran a nuevas siembras, una vigencia mínima obligatoria de tres años y de un año para socas y resocas que no provengan de plantas contratadas. En esta parte, el cañero se compromete a entregar en tiempo y forma y con calidad su producto. La parte de los industriales garantiza el pago oportuno de su liquidación a los abastecedores. También se señala en el artículo 39 que, “de manera voluntaria”, tanto las factorías como los abastecedores “podrán emprender coinversiones, formar asociaciones, o celebrar contratos para aumentar la productividad, eficiencia y diversificación del campo cañero. En estos casos, y únicamente en los conceptos en que así lo pacten expresamente las partes, los actores se regirán conforme a lo establecido en el contrato que se celebre.
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