La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para 2027, que establece nuevas restricciones a las deducciones fiscales, modifica las condiciones para aplicar estímulos fiscales y ajusta las reglas para deducir pagos realizados al extranjero.
El dictamen fue avalado en lo particular el miércoles 14 de octubre, con 322 votos a favor y 115 en contra, y enviado al Senado de la República para continuar con su proceso legislativo.
La propuesta busca fortalecer la recaudación y combatir prácticas de evasión fiscal. Para ello, los diputados incorporaron tres modificaciones al proyecto relacionadas con los estímulos fiscales, las deducciones empresariales y los pagos al extranjero.
El primer cambio, incluido en el segundo artículo transitorio de la reforma, establece que una misma empresa no podrá beneficiarse de dos estímulos fiscales de manera simultánea.
La segunda modificación corresponde al artículo 147 de la Ley del ISR y establece que los pagos al extranjero únicamente podrán deducirse en el ejercicio fiscal en el que se efectúe el pago de la contraprestación.
Por su parte, el tercer ajuste modifica el artículo 36 y establece límites a las deducciones para las personas morales. La propuesta contempla que las empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos no puedan deducir más del 96.67% de sus ingresos acumulables.
Además de estas modificaciones, la reforma contempla otras medidas fiscales que cambiarían las reglas para empresas y contribuyentes a partir de 2027.
Entre ellas se encuentra la reducción del límite para deducir intereses netos, que pasaría del 30 al 20% de la utilidad fiscal. También se propone limitar al 50% de la utilidad la amortización de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
De acuerdo con El Financiero, el proyecto plantea ampliar el acceso al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Para las personas físicas, el límite de ingresos anuales para tributar en este esquema aumentaría de 3.5 a 5 millones de pesos.
En materia de plataformas digitales, la iniciativa establece una retención fija del ISR de 2.1% sobre los ingresos brutos para servicios de transporte y reparto, como Uber, DiDi y Rappi.
Finalmente, para el comercio electrónico se plantea una tasa de retención de 2.5% para personas físicas y morales.
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